Beneficios Fiscales para Facturación Electrónica – Decreto N° 206/019

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Un Impulso para su Empresa

Desde ZetaSoftware, siempre nos esforzamos por ofrecer a nuestros clientes el máximo beneficio y eficiencia en sus operaciones. Por ello, queremos que estén al tanto de los beneficios fiscales disponibles a través del Decreto N° 206/019 de la DGI.

Elegibilidad para los Beneficios Fiscales

Para ser elegible para estos beneficios, su empresa debe cumplir al menos una de las siguientes condiciones:

  1. Su empresa es contribuyente comprendido en IVA Mínimo (Literal E), o,
  2. Sus ingresos del año anterior no superaron el límite equivalente a UI 750,000 según la cotización vigente al cierre del ejercicio, o bien, su empresa inició actividades este año.

Si su empresa cumple con alguna de estas condiciones, podrá acceder a los beneficios fiscales ofrecidos por la DGI.

Cómo se Aplican los Beneficios

Los clientes de ZetaSoftware que cumplen con estas condiciones podrán disfrutar de un crédito mensual no superior a UI 80. Este beneficio se otorgará desde el 1 de noviembre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2024. Recuerde, para acceder a la exoneración, es esencial tener el estatus de emisor electrónico (asignado por la DGI) y completar este formulario aquí.

Casos Prácticos: ¿Cómo se Traducen estos Beneficios en Ahorro?

Veamos tres ejemplos de cómo estos beneficios fiscales pueden afectar a su negocio:

  1. Si su empresa ha contratado nuestro módulo de Facturación (plan UNO), habrá pagado $ 4.800+IVA por la anualidad. Si no es Literal E, obtendrá un reintegro de $ 400 cada mes durante el contrato anual después de completar el formulario. Si es Literal E, aplicaremos el beneficio máximo de 80 UI cada mes hasta Diciembre, lo que cubrirá casi la totalidad del costo, y abonarán cualquier diferencia si la hubiere.
  2. Si se encuentra en una situación similar al primer ejemplo, pero el monto anual es superior, por lo que la mensualidad (monto total sin IVA / 12) supera las 80 UI, se le reintegrará el importe máximo correspondiente a 80 UI cada mes.
  3. Si ha contratado nuestro módulo de Gestión, se le reintegrará mensualmente el importe máximo correspondiente a 80 UI, independientemente de si lo paga de forma mensual o anual.

Proceso de Acreditación del Beneficio

ZetaSoftware declarará los montos a la DGI mensualmente hasta el 31 de diciembre de 2024, o hasta que el cliente nos informe que su empresa ya no cumple con las condiciones iniciales.

Para las empresas que pagan IVA y no son Literal E, se reportará el crédito fiscal mensualmente, y podrá consultarlo en Servicio en Línea de la DGI / Retenciones y Anticipos / Créditos Informados Formulario 2181 – Consulta, para posteriormente usarlo en su liquidación de IVA. Por su parte, para las empresas que son Literal E, ZetaSoftware recibirá una acreditación de 80 UI máximo por lo contratado, el cliente deberá abonar cualquier diferencia si la hubiere.

Nota Importante

Es responsabilidad de la empresa usuaria de ZetaSoftware notificar cualquier cambio en las condiciones de elegibilidad. Si deja de cumplir alguna de las condiciones que permiten el acceso al beneficio, es necesario informar a ZetaSoftware para que dejemos de notificar a la DGI el importe mensualmente.

¿Necesita más información?

Si tiene preguntas sobre estos beneficios fiscales, no dude en enviarnos un correo a ventas@zetasoftware.com. Además, puede acceder a más detalles sobre el Decreto N° 206/019 aquí y si ya es cliente de ZetaSoftware, puede completar el formulario para acceder a la exoneración fiscal aquí.

En ZetaSoftware, estamos comprometidos con su éxito empresarial y esperamos que estos beneficios fiscales le ayuden a crecer y prosperar.


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